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¿Te pueden despedir vía WhatsApp?

 

El Empleo Noticias
2018-03-07T15:26:39-05:00

El Tribunal del Trabajo de Catania, Italia, admitió recientemente el despido a través de un mensaje de WhatsApp de un trabajador. ¿Qué pasa en Colombia?

Tendencias laborales / 11 de julio de 2017

En nuestro país, no existe reglamentación que especifique cómo se debe comunicar la decisión de despido, siempre que se tenga certeza del remitente, destinatario y contenido del mensaje.

Recientemente, el Tribunal del Trabajo de Catania, Italia, consideró viable el despido de un trabajador a través de un mensaje de WhatsApp, con fundamento en que “la voluntad de despido se comunicó por escrito al trabajador de manera inequívoca”.

La discusión se dio luego de que el exfuncionario presentó una demanda a su empleador, pero el juez del distrito de la ciudad italiana decidió que la terminación de la relación de trabajo por WhatsApp es una “moderna forma de mensajes de despido en forma electrónica” y además señaló que el empleador tiene todo el derecho de hacerlo.

De acuerdo con Iván Daniel Jaramillo, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario en Colombia, “la decisión reafirma un precedente en la jurisprudencia italiana del Tribunal de Génova en el año 2016, que admitió el despido de un trabajador por medio de un mensaje de texto”.

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Así mismo, hay varios precedentes al respecto, el pasado febrero en los Juzgados de lo Social de Madrid, la empresa española Red de Gas respondió a la demandada por un trabajador despedido supuestamente por ser el administrador de un grupo de Whatsapp privado y expulsar del mismo a dos de sus compañeros.

"La empresa relaciona un incidente ocurrido dentro de las instalaciones de la compañía, con la exclusión de dos personas de ese grupo de Whatsapp, aunque admite no tener conocimiento del momento en el que se dieron estas exclusiones, y a su vez admite que el trabajador despedido no se encontraba prestando sus servicios cuando sucedió dicho incidente", indicó el abogado defensor del ex empleado.

 ¿Puede pasar en Colombia?

Según Jaramillo, en el contexto colombiano, “no existen fórmulas sacramentales para comunicar la decisión de despido, siempre que se tenga certeza del remitente, destinatario y contenido del mensaje. Esto no obsta para el reconocimiento de indemnizaciones por despido, prestaciones y salarios insolutos a la terminación de la relación de trabajo”, dijo el experto.

La decisión europea se puede ver como un desafío para el sistema de relaciones laborales en Colombia de cara a las nuevas tecnologías.

“Se está determinado por el reconocimiento de derechos en materia de limitación de instrucciones patronales en vigencia del contrato, a través de garantías como el derecho a la desconexión y reconocimiento de validez de mensajes de contratación y desvinculación por medio de sistemas de comunicación tecnológicos”, señaló el investigador.

 

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