¿Cómo se realiza el pago por licencia de maternidad?

 

El Empleo Noticias
lunes, 11 de diciembre de 2017, 8 a. m.

El salario cancelado durante el periodo de pre y post parto debe ser el mismo que la trabajadora devengaba antes de quedar en embarazo.

Investigación laboral / 6 de junio de 2007

Escrito por: Oscar Corrales Retana, de BDS Asesores Jurídicos

El Artículo 18 del Reglamento para el otorgamiento de incapacidades y licencias a los beneficiarios del Seguro de Salud establece: ?en caso de maternidad, a toda trabajadora activa cotizante, se le extenderá una licencia por cuatro meses en un solo documento, que incluye el pre y el post parto, conforme se establece en las leyes generales y especiales aplicables?.

En cuanto al pago, el monto cancelado durante la licencia debe ser equivalente al salario devengado por la trabajadora, este es cubierto por partes iguales por la Ccss y el patrono.

El patrono y la trabajadora deben cotizar durante este período por la totalidad del salario devengado durante la licencia.

El pago correspondiente a la licencia debe realizarse desde el primer día de ésta, ya que el sentido es que la trabajadora no vea disminuidos sus ingresos durante el disfrute de la licencia por maternidad.

Si tiene comentarios para el autor escriba a: ocorrales@bdsasesores.com

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