Mentir en currículum es causa de despido

 

El Empleo Noticias
lunes, 11 de diciembre de 2017, 8 a. m.

Cuando el engaño por parte del candidato es intencional, el tiempo para ejecutar despido no tiene vencimiento.

Investigación laboral / 15 de junio de 2006

Escrito por: Christopher Chaves Z., BDS Asesores Jurídicos

Las empresas suelen invertir gran cantidad de recursos en los procesos de contratación del personal, razón por la que deben garantizarse que el trabajador que contraten reúna las cualidades y atestados académicos para desempeñar bien el puesto.

Sin embargo, en ocasiones el personal seleccionado no tiene el conocimiento apropiado para ejecutar debidamente sus labores, quizás porque indujo a error a la empresa al presentar sus atestados o porque estos eran falsos.

Ante esta situación, el inciso ?j? del artículo 81 del Código de Trabajo, faculta al empleador para despedir, sin responsabilidad laboral, al trabajador que ?al celebrar el contrato haya inducido a error al patrono, pretendiendo tener cualidades, condiciones o conocimientos que evidentemente no posee?.

El patrono debe utilizar el período de prueba para comprobar la idoneidad del empleado en el desempeño de sus funciones.

Una vez transcurrido este plazo, el patrono no podría alegar válidamente dicha causa como justificación de despido, porque precisamente para ello existe el período de prueba.

Además, una vez superado el mismo, solamente podría despedirse con responsabilidad patronal o sin justa causa.

Mala intención

Cuando el engaño ha sido intencional, la situación es diferente, ya que el postulante ha presentado referencias o atestados académicos que no posee (falsos o alterados) y, ante la evidente mala fe, ese término de tres meses no corre contra el patrono.

Aceptar lo contrario sería permitir que el trabajador saque provecho de su propio dolo, es decir, que obtenga beneficios al lograr engañar a su jefe.

Además del despido que pueda ocasionar la aplicación de la norma legal mencionada, están las acciones legales que puedan establecerse en contra del trabajador, principalmente en los casos en que existe alteración o falsificación de un documento.

Cuando el candidato a un puesto engaña a la empresa sobre sus capacidades, experiencia o estudios, las personas físicas o jurídicas que resulten afectadas podrían entablar sus reclamos en contra del trabajador en las vías judiciales correspondientes.

Con motivo de lo anterior, resulta conveniente que el patrono, durante el período de prueba, aunque no exclusivamente en él, ejerza una importante labor de constatación de las cualidades del postulante, de forma que logre determinar con certeza su idoneidad en para el puesto en concurso y se evite procesos engorrosos.

Si tiene comentarios para el autor escriba a: contenido@elempleo.com

Opine en el debate: ¿Que propondría en su empresa para incrementar la productividad y mejorar el ambiente laboral?

Noticias Relacionadas