Ante la falta de consenso entre los gremios empresariales y las centrales obreras, el Gobierno Nacional, en cabeza del presidente Gustavo Petro, definió mediante decreto el incremento del salario mínimo legal vigente que regirá en Colombia a partir del 1 de enero de 2026.
El anuncio se dio en medio de una alocución presidencial televisada, donde el mandatario expuso las cifras que impactarán la economía de los hogares colombianos durante el próximo año.
Así quedaron las cifras para 2026
El jefe de Estado reveló que el aumento decretado es del 23,7%. Con este ajuste, el salario base, que en 2025 se ubicaba en $1.423.500, pasará a ser de $1'746.882.
A este monto base es necesario sumar el auxilio de transporte, rubro que también tuvo un ajuste del 12,6%, quedando fijado en $253.118.

De esta forma, el total devengado que recibirá un trabajador que gane un salario mínimo legal vigente (sumando salario base + auxilio) será de $2'000.000 de pesos mensuales.
Cambios en la jornada y claridades sobre el aumento
Este ajuste salarial llega acompañado de modificaciones importantes en la normativa laboral. Es fundamental recordar que, desde el pasado 25 de diciembre de 2025, los recargos nocturnos ahora se empezarán a contar a partir de las 7:00 p.m. y hasta las 6:00 a.m., un cambio que beneficia el ingreso de quienes laboran en jornadas de la noche.
Ahora bien, es importante hacer precisiones sobre a quiénes cobija este aumento y el auxilio de transporte:
- Auxilio de transporte: este beneficio económico es exclusivo para los trabajadores que devengan hasta dos salarios mínimos legales vigentes. Aquellos que superen este umbral no tienen derecho a recibir este subsidio.
- Trabajadores independientes e informales: el incremento decretado no aplica automáticamente para quienes trabajan en la informalidad, sin contrato o sin prestaciones sociales.

- Contratos por prestación de servicios: los honorarios de los contratistas no suben automáticamente con el decreto del salario mínimo, a menos que así esté estipulado contractualmente.
- Salarios superiores al mínimo: si un trabajador gana más de un salario mínimo, la empresa no está obligada por ley a aumentar el sueldo en el mismo porcentaje del decreto (aunque muchas organizaciones suelen ajustar basándose en el IPC para no afectar el poder adquisitivo).

Este nuevo decreto y sus valores empezarán a regir oficialmente desde el jueves 1 de enero de 2026.
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