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Reforma laboral 2025: se amplía la franja de trabajo nocturno y cambian los cálculos para empleadores

 

El Empleo Noticias
2025-07-25T09:32:45-05:00

Este cambio impacta sectores con jornadas nocturnas frecuentes como vigilancia, salud, comercio y transporte.

Tendencias laborales / 25 de julio de 2025

Con la reciente entrada en vigencia de la Ley 2466 del 25 de junio de 2025, el panorama para empleadores y trabajadores ha experimentado ajustes importantes, especialmente en lo que respecta a la jornada nocturna. Uno de los cambios más relevantes se encuentra en el artículo 10 de esta normativa, que modifica el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo

 

Según lo establecido, a partir del 25 de diciembre de 2025 fecha en que entrará en vigor esta disposición, la jornada considerada como diurna comprenderá el periodo entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m., mientras que cualquier labor realizada entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. será clasificada como nocturna. Este ajuste reemplaza el horario anterior que marcaba el inicio del periodo nocturno a las 9:00 p. m., extendiendo así la franja en la que debe aplicarse un recargo especial. 

 

 

Este cambio impacta directamente en sectores donde las labores en horas de la noche son frecuentes, como la vigilancia, servicios de salud, transporte, centros de contacto, entretenimiento y comercio. Las empresas deberán ajustar sus liquidaciones salariales para cumplir con el nuevo marco normativo. 

 

¿Cómo se liquida el recargo nocturno bajo la nueva ley? 

Es importante destacar que este tipo de recargo no se considera tiempo extra, sino una compensación adicional reconocida por la ejecución de labores en horarios nocturnos dentro de la jornada ordinaria. El porcentaje adicional que debe aplicarse al valor de la hora diurna sigue siendo del 35 %, de acuerdo con el artículo 168 del Código Sustantivo del Trabajo

 

Foto: iStock

 

Para efectos de cálculo, debe tenerse en cuenta la disminución progresiva de la jornada máxima legal, establecida en la Ley 2101 de 2021. Según lo dispuesto por el Ministerio del Trabajo (Concepto Jurídico 16177 del 8 de agosto de 2023), el total de horas mensuales se determina tomando como base 44 horas semanales distribuidas en seis días. 

  • 44 horas semanales / 6 × 30 días = 220 horas mensuales. 

 

Ejemplo de liquidación para el segundo semestre de 2025 

Tomando como base el salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) para el año 2025, que es de $1.423.500, se obtiene que el valor de la hora ordinaria es de aproximadamente $6.470. 

 

Con la nueva jornada nocturna comenzando a las 7:00 p. m., cualquier hora trabajada a partir de ese momento hasta las 6:00 a. m. debe liquidarse con el recargo del 35 %, lo que equivale a un incremento de $2.264 por hora trabajada en ese rango horario. 

 

Foto: iStock

 

Este cambio representa un incremento considerable en los costos operativos para las empresas que manejan turnos nocturnos, razón por la cual se recomienda ajustar los modelos de turnos y hacer una revisión detallada de los contratos laborales y prácticas de liquidación. 

 

Continúa leyendo: La jornada de los trabajadores colombianos ahora es de 44 horas semanales 

 

 

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