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¿Cómo calcular la indeminización de un trabajador?

 

El Empleo Noticias
2021-09-07T10:59:43-05:00

Aprenda cómo se hace el cálculo de acuerdo con la ley 789 de 2002.

Una de las grandes dudas de un empleado es saber las normas por las que se debe regir la clausula de un contrato de trabajo. Estos son algunos elementos que se deben tener en cuenta, una vez finalizado el vínculo laboral.

De acuerdo con el parágrafo transitorio del artículo 64 del CST, modificado por el artículo 28 de la ley 789 de 2002, la tabla de indemnización para los trabajadores que al momento de entrar en vigencia la referida ley, tuvieren 10 o más años de servicio continuo al empleador, es la contenida en el artículo 6 de la ley 50 de 1990 (literales b, c, yd). 

En este orden de ideas, si el trabajdor ingresó a laborar a la empresa en abril de 1985, al momento de entrar en vigencia la ley 789 de 2002 usó más de 10 años contínuos para el empleador, y por lo tanto la tabla de indemnización aplicables es la contenida en el artículo 6 de la ley 50 de 1990, literales b), c) y d). 

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Estos literales consagran: 

b) Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo y menos de cinco (5), se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los cuarenta y cinco (45) básicos del literal a), por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción; 

c) Si el trabajador tuviere cinco (5) años o más de servicio continuo y menos de diez (10), se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los cuarenta y cinco (45) básicos del literal a), por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción;

d) Si el trabajador tuviere diez (10) o más años de servicio continuo se le pagarán cuarenta (40) días adicionales de salario sobre los cuarenta y cinco (45) días básicos del literal a), por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción.
 

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