Hasta el 25 de junio de 2026 las empresas colombianas tendrán plazo para actualizar sus Reglamentos Internos de Trabajo (RIT) y ajustarlos a las disposiciones introducidas por la Ley 2466 de 2025 conocida como la reforma laboral, y así mismo adecuarlo a las circulares y decretos expedidos en el primer semestre de 2026.
La obligación surge a partir de las modificaciones realizadas al Código Sustantivo del Trabajo en materia de debido proceso disciplinario, licencias, incapacidades y el procedimiento disciplinario que establecen nuevas garantías que deben ser incorporadas en los procedimientos internos de las organizaciones.
De acuerdo con los lineamientos emitidos por el Ministerio del Trabajo mediante la Circular 0048 de 2026, las empresas deben revisar y ajustar sus reglamentos para incluir las faltas disciplinarias, los procedimientos para su comprobación, las escalas de sanciones y los mecanismos que garanticen el respeto del debido proceso en todas las actuaciones disciplinarias.
Seguido de lo anterior, el experto laborista y también CEO del Centro Jurídico Internacional, Luis Alfonso Acevedo, mencionó: "las empresas deben garantizar el debido proceso disciplinario, la motivación de decisiones y recursos de apelación de forma inmediata. La falta de actualización del Reglamento Interno de Trabajo no justifica el incumplimiento de las garantías de la Ley 2466 de 2025."
Asimismo, las decisiones deben estar motivadas y permitir la presentación de recursos de reposición o apelación. Otro aspecto relevante es que la actualización del Reglamento Interno de Trabajo no se limita únicamente al procedimiento disciplinario. Las organizaciones deberán incorporar todas las modificaciones aplicables derivadas de la reforma laboral y de su reglamentación posterior. El Ministerio del Trabajo ha sido enfático en señalar que la falta de actualización del reglamento no constituye una justificación para dejar de aplicar las garantías establecidas por la Ley 2466 de 2025. En consecuencia, las empresas deberán respetar el debido proceso disciplinario incluso si aún no han culminado la adecuación de sus documentos internos.

La normativa también permite que los procedimientos disciplinarios se desarrollen mediante herramientas tecnológicas, siempre que se garantice el acceso efectivo del trabajador a estos medios. Adicionalmente, contempla ajustes razonables para trabajadores con discapacidad con el fin de asegurar la comunicación y comprensión dentro del proceso.
Explora nuestras últimas noticias: Evaluaciones de desempeño mid-year: 3 sesgos que tus líderes deben evitar




Comentarios