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¿Rutas empresariales o moto propia? cuándo deja de ser obligatorio pagar el auxilio de transporte

 

El Empleo Noticias
2026-06-22T16:53:50-05:00

Un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia (Sentencia STL6325 de 2026) aclaró el panorama, ratificando los escenarios específicos en los que el empleador queda exonerado de realizar este pago.

Tendencias laborales / 22 de junio de 2026

 

El auxilio de transporte sigue siendo uno de los beneficios laborales que más dudas genera entre empleadores y trabajadores. ¿Debe pagarse siempre? ¿Qué pasa si la empresa ofrece rutas para movilizar a sus empleados? ¿Puede un trabajador reclamarlo si decide usar su propio vehículo? Estos son algunos de los interrogantes que siempre están en el aire. 

 

Un análisis de la firma Scola Abogados recordó recientemente que un fallo de la Corte Suprema de Justicia puso el tema sobre la mesa y aclaró en qué situaciones este pago deja de ser obligatorio. La decisión quedó consignada en la sentencia STL6325 del 22 de abril de 2026, en la que la Sala de Casación Laboral estudió una disputa entre un trabajador y una empresa relacionada con el reconocimiento de este beneficio. El caso terminó convirtiéndose en una oportunidad perfecta para que el alto tribunal reiterara las excepciones que ya reconoce la ley. 

 

Cuando la empresa ya asume el transporte 

La controversia jurídica surgió porque un trabajador consideraba que tenía derecho a recibir el dinero del auxilio de transporte. Entre sus argumentos, señalaba que utilizaba medios de movilización propios (como su motocicleta) y que realizaba aportes económicos para desplazarse junto a otros compañeros de trabajo.  

 

 

Sin embargo, durante el proceso se acreditó que la empresa ofrecía un servicio de transporte gratuito para sus colaboradores, tanto en recorridos intermunicipales como dentro de la plantación donde desarrollaban sus labores diarias. 

 

Al analizar las pruebas, la Corte concluyó que el servicio existía, era idóneo y estaba completamente disponible para los empleados. También encontró que algunos trabajadores optaban voluntariamente por no utilizarlo y preferían movilizarse por cuenta propia. El tribunal determinó que el uso de vehículos particulares por razones de comodidad o preferencia no modifica las responsabilidades legales del empleador, por lo que el trabajador no puede trasladar a la empresa el costo de una decisión personal.  

 

Foto: iStock

 

Las excepciones que debes recordar 

Más allá del caso concreto, el fallo sirvió para que recuerdes las dos situaciones definitivas en las que el auxilio de transporte no debe pagarse en Colombia: 

 

  • Vivienda en el mismo sitio de trabajo: ocurre cuando vives en el mismo lugar donde prestas tus servicios (o a una distancia tan mínima que no requiere transporte público). En este escenario, no existe un gasto real de desplazamiento que justifique el beneficio. 

  

  • Suministro completo del servicio: se presenta cuando tu empleador te suministra un servicio de transporte gratuito, adecuado y completo que cubre la ruta entre tu vivienda y el sitio de trabajo.  

 

  • Estas excepciones tienen un elemento común: la ausencia de un gasto económico que deba ser compensado. Para la Corte Suprema, esa es la esencia del auxilio de transporte y la única razón por la que existe dentro de nuestra legislación laboral. 

 

Estar al día con la jurisprudencia laboral te permite tomar decisiones informadas, proteger la estabilidad jurídica de tu organización y garantizar los derechos de tu equipo de trabajo. 

 

Foto: iStock

 

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